SCJN Invalida Prohibición de PET y Unicel en Oaxaca: Revuelo Ambiental y Legal
En una histórica decisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado la controvertida prohibición establecida en el estado de Oaxaca que buscaba restringir el uso de plásticos de un solo uso, como el popular PET presente en las botellas de refrescos y el unicel, un material ampliamente empleado en envases y empaques. La sentencia reitera la posición de la Corte sobre las limitadas facultades de los gobiernos municipales y estatales para emitir legislaciones que regulen la utilización de dichos materiales.
Con una mayoría contundente de nueve votos, el pleno de ministros de la SCJN aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad 8/2022. Esta medida ha tenido como consecuencia la eliminación del artículo 98, fracciones XI y XII de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca. Estas fracciones habían establecido la prohibición de vender, distribuir o emplear envases de un solo uso elaborados con tereftalato de polietileno (PET) y poliestireno expandido (unicel), tanto en contenedores de agua y otras bebidas, como en empaques y envases diversos.
El ministro ponente en este caso, Javier Laynez Potisek, destacó: “La Federación ha optado por permitir el uso del tereftalato de polietileno (PET) y del poliestireno expandido (unicel), otorgándoles un tratamiento similar al de materiales como el papel, cartón y vidrio. Esta política ambiental busca reducir, reciclar y reutilizar el material a través de mecanismos que garanticen la eficacia y eficiencia de los objetivos planteados.”
Este fallo de la SCJN no es el primero en su tipo. Con anterioridad, la Corte ya había concedido amparos a empresas destacadas como Famsa, Coca-Cola, Oxxo y Propimex, quienes se habían opuesto a regulaciones locales que prohibían el uso de PET y unicel en varios municipios, incluyendo el caso de Culiacán, Sinaloa.
Sin embargo, este último dictamen es particularmente significativo debido a su alcance y contundencia. En agosto del año pasado, la SCJN ya había emitido amparos contra la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos de Oaxaca. Dado que los legisladores del estado no realizaron las modificaciones necesarias en respuesta a estas amparos, la Corte ha tomado la decisión de emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad. Esta medida, al eliminar la normativa cuestionada del marco jurídico, tiene efectos vinculantes y genera la invalidez absoluta de las restricciones sobre el uso de plásticos de un solo uso en Oaxaca.
Esta resolución ha generado un amplio espectro de reacciones. Por un lado, hay voces que aplauden el reconocimiento de las limitaciones legales en la competencia de los gobiernos locales para legislar sobre materiales de esta índole. Argumentan que la uniformidad en las regulaciones contribuye a un entorno empresarial más estable y predecible, fomentando la inversión y el crecimiento económico.
Por otro lado, defensores del medio ambiente y grupos ecologistas han expresado su preocupación por la posible consecuencia de esta sentencia. Argumentan que la prohibición del uso de PET y unicel era una medida clave en los esfuerzos para reducir la contaminación plástica y promover prácticas más sostenibles en el manejo de residuos. La eliminación de esta normativa podría tener un impacto negativo en los ecosistemas y la salud pública, al aumentar la presencia de estos materiales en vertederos y cuerpos de agua.
La situación también ha planteado interrogantes sobre la distribución de competencias entre el gobierno federal y los estados en cuestiones ambientales. Aunque la Federación ha optado por permitir el uso de PET y unicel bajo ciertos criterios, muchos estados han buscado implementar medidas más restrictivas para abordar los desafíos específicos de contaminación en sus territorios. La decisión de la SCJN reaviva el debate sobre el equilibrio entre la autoridad local y la regulación nacional en asuntos ambientales.
La resolución de la SCJN tiene un impacto inmediato en el estado de Oaxaca. La eliminación de las restricciones sobre el uso de PET y unicel ha dejado a las autoridades locales sin capacidad para sancionar o multar a individuos o empresas que continúen empleando estos materiales plásticos. Esto crea un entorno de incertidumbre en cuanto a la gestión de residuos y abre preguntas sobre posibles alternativas para promover prácticas más sostenibles en el estado.
En última instancia, la decisión de la SCJN sobre la prohibición de PET y unicel en Oaxaca refleja un choque de intereses y enfoques. Por un lado, se busca mantener la coherencia en las regulaciones y promover un ambiente favorable para la inversión y el crecimiento económico. Por otro lado, se intenta abordar los desafíos apremiantes en materia de contaminación plástica y sostenibilidad ambiental. El debate sobre cuál de estos objetivos debe tener prioridad continuará siendo motivo de discusión en México y en otros lugares donde se enfrentan dilemas similares.