SCJN declara inconstitucional la prisión vitalicia en Chihuahua

En una decisión histórica que refuerza el compromiso con el modelo de reinserción social, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la pena de prisión vitalicia contemplada en el Código Penal del estado de Chihuahua. Por unanimidad de nueve votos, el Pleno aprobó el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, invalidando el artículo 127, párrafo segundo, que imponía esta sanción en casos de homicidio doloso de tres o más personas.

La resolución de la SCJN, emitida durante su más reciente sesión, responde a un amparo directo promovido contra una sentencia dictada en 2014 por los magistrados de la Sala Colegiada de Casación del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. La Corte concluyó que esta pena es contraria al artículo 18 constitucional, que establece la obligación del sistema penitenciario de garantizar mecanismos para la reinserción social mediante trabajo y educación.

El proyecto presentado por el ministro Ortiz Mena aclara que la invalidez de la prisión vitalicia no significa la impunidad de los delitos cometidos. Por el contrario, permite que el juez encargado del caso analice nuevamente la sanción aplicable, dentro del rango de 20 a 50 años de prisión previsto para el delito de homicidio calificado según el Código Penal vigente al momento de los hechos.

Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa enfatizó que la prisión vitalicia elimina cualquier posibilidad de reintegración social, principio rector del sistema penitenciario en México. También destacó que la invalidez de esta sanción no implica la liberación del sentenciado, siempre y cuando se demuestre su culpabilidad bajo los estándares legales.

La sentencia ratifica la importancia del análisis individualizado en la determinación de penas, una medida que respeta los principios de proporcionalidad y justicia. Con ello, se busca garantizar que las sanciones impuestas cumplan su función de prevención, reparación y reintegración, en lugar de perpetuar condiciones que contravengan los derechos humanos y constitucionales de las personas privadas de su libertad.

La decisión de la SCJN sienta un precedente relevante en la aplicación de penas en México, reafirmando que el sistema de justicia debe ser compatible con los derechos fundamentales y los objetivos de reinserción social. Este fallo no solo tiene implicaciones legales en Chihuahua, sino que también envía un mensaje claro sobre la necesidad de revisar y armonizar las legislaciones locales con los estándares constitucionales y de derechos humanos.

La postura de la Corte subraya el equilibrio entre castigar severamente los delitos graves y preservar la oportunidad de rehabilitación para los sentenciados. En un contexto donde la justicia y la humanidad deben coexistir, este avance legal marca un paso firme hacia un sistema penal más justo y efectivo en México.