Justicia para una niña: ordenan al IMSS cirugía urgente de implante coclear

Ciudad de México.– En un acto de justicia y respeto a los derechos humanos, el Juzgado Quinto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y del Trabajo en el Estado de México otorgó un amparo que obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a brindar atención médica especializada y realizar una cirugía de implante coclear a una niña de seis años, cuya salud se encontraba en riesgo de un deterioro grave e irreversible.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que la decisión judicial se tomó tras constatar una omisión por parte del IMSS en brindar la atención médica adecuada, lo que vulneró el derecho a la salud de la menor. El juicio de amparo fue promovido el 20 de marzo de 2025 por el padre de la niña, quien denunció la falta de atención en audiología pediátrica y la negativa a realizar la cirugía indispensable para su hija.

La demanda se basó en la violación de derechos fundamentales consagrados en los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantizan el acceso a la salud. El juzgado procedió al análisis del caso no sólo con base en la legislación nacional, sino también en tratados internacionales suscritos por México, concluyendo que el IMSS incurrió en una omisión inaceptable ante la urgencia médica de la menor.

En la resolución, el juzgador fue enfático al ordenar al IMSS que, de manera inmediata y sin dilación alguna, proporcione toda la atención médica necesaria. Esto incluye citas con especialistas en pediatría otorrinolaringológica, el suministro de materiales quirúrgicos y la realización de la cirugía de implante coclear, vital para preservar el desarrollo integral de la niña.

El fallo judicial también establece que todos los procedimientos deberán realizarse bajo estrictas condiciones de seguridad y con pleno respeto a los derechos humanos de la paciente. Asimismo, se instruyó al IMSS continuar con el proceso de rehabilitación postoperatoria, y en caso de ser necesario, podrá solicitar el apoyo de otros hospitales y autoridades de salud para garantizar el acceso total a los servicios requeridos.

El juez sustentó la urgencia de la medida al interpretar conforme el artículo 77 de la Ley de Amparo, destacando que la protección del derecho a la salud debe prevalecer ante cualquier trámite administrativo o demora institucional.

Este fallo ejemplar no solo restituye el derecho a la salud de una menor, sino que refleja el compromiso del Poder Judicial con la niñez y con la aplicación efectiva de los derechos humanos en nuestro país. El Gobierno de México reitera su convicción de que la justicia social también se construye desde la garantía del bienestar médico de todas y todos los mexicanos.