Avance histórico en Jalisco: Tribunal declara inconstitucional la penalización del aborto

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito ha emitido una resolución histórica al declarar, por unanimidad, inconstitucionales los artículos del Código Penal de Jalisco que prohibían de forma absoluta el aborto voluntario. Esta decisión marca un precedente significativo en la lucha por los derechos reproductivos en México, alineándose con las decisiones previas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la materia.

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), este fallo es parte de una estrategia jurídica nacional que busca evitar la criminalización de mujeres, hombres trans y personas no binarias gestantes, así como del personal de salud y quienes les acompañan en el proceso del aborto. La resolución obliga al Congreso de Jalisco a derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido, convirtiendo a Jalisco en la decimotercera entidad federativa en despenalizar el aborto en México.

Esta resolución no solo reconoce la importancia de la autonomía individual y reproductiva, sino que también subraya la necesidad de vivir libre de estereotipos de género e imposiciones. El Tribunal ha enfatizado la relevancia de la laicidad, la igualdad y la no discriminación en sus pronunciamientos.

Este avance es consecuencia de la resolución de la SCJN en el caso del Código Penal de Coahuila en 2021, donde se estableció la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del aborto consentido. Siguiendo este precedente, se presentaron demandas de amparo contra los códigos penales estatales y el Código Penal Federal, llevando a decisiones similares en estados como Aguascalientes y a nivel federal.

GIRE celebra esta victoria y exhorta a otros Tribunales Colegiados a resolver amparos pendientes con los más altos estándares de derechos humanos, aplicando los criterios ya establecidos por la SCJN. Además, la organización demanda que el aborto sea garantizado como un servicio de salud esencial, accesible para todas las personas gestantes sin discriminación.

Este fallo representa un paso adelante en el reconocimiento y la protección de los derechos reproductivos en México, asegurando que las decisiones sobre el propio cuerpo estén fundamentadas en el respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales.