Justicia para la infancia: juez ordena incrementar pensión del Bienestar a menor con discapacidad severa
Naucalpan, Estado de México.– En un histórico avance en la protección de los derechos de la infancia y de las personas con discapacidad, un juez federal del Estado de México otorgó un amparo que obliga a la Secretaría del Bienestar a incrementar, de forma retroactiva, el monto de la pensión que recibe un menor con discapacidad severa y permanente. El menor, de apenas ocho años de edad, padece microcefalia, disgenesia cerebral y síndrome de West, y vive en condiciones de extrema pobreza, lo que motivó a su madre a presentar una demanda en defensa de su derecho a una vida digna.

El fallo fue emitido por el Juzgado Primero de Distrito con residencia en Naucalpan de Juárez, cuyo titular, el juez Aurelio Damián Magaña, ordenó a la dependencia federal reinterpretar las Reglas de Operación del programa “Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad”, en apego a los principios constitucionales y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos que ha suscrito México. La resolución indica que la Secretaría debe garantizar un apoyo económico igual o superior al que se otorga a las personas adultas mayores, reconociendo así la mayor vulnerabilidad de la niñez con discapacidad.
La acción legal inició en julio de 2023, cuando la madre del menor solicitó formalmente un aumento en la pensión mensual, argumentando que el monto actual era insuficiente para cubrir las necesidades básicas de su hijo. Sin embargo, la Secretaría del Bienestar rechazó la petición, citando la “imposibilidad jurídica de incrementar el monto del programa social”, con base en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación.
El juez Magaña, tras analizar dicho numeral y confrontarlo con la Constitución y tratados internacionales, determinó que si bien la norma no es en sí misma contraria a los derechos humanos, su aplicación fue restrictiva e injustificada. Subrayó que los montos estipulados en dicho programa deben considerarse mínimos garantizados, no límites máximos, especialmente en casos de alta vulnerabilidad como el presente.
Con base en este razonamiento, el juzgador ordenó a la Secretaría del Bienestar emitir un nuevo oficio que reinterprete la norma con un enfoque de derechos humanos y otorgue al menor una pensión al menos equivalente a la de los adultos mayores, además de realizar el pago retroactivo correspondiente desde julio de 2023.
Este fallo representa un precedente clave para miles de familias mexicanas que enfrentan día a día el reto de cuidar a hijos con discapacidad en condiciones precarias. La decisión reafirma el compromiso del Poder Judicial de la Federación con la justicia social y los principios de igualdad y no discriminación. Asimismo, es un llamado firme a las instituciones para que adecuen sus políticas a los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Con acciones como esta, se fortalece el Estado de Derecho y se avanza en la construcción de un país más justo, solidario e incluyente, donde ninguna niña o niño sea excluido del bienestar por su condición de salud o situación económica.