Juez ordena al IMSS mantener seguro social y tratamiento médico a paciente con enfermedad grave
El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en Naucalpan, Estado de México, ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no dar de baja del régimen de seguridad social a un trabajador y seguirle proporcionando asistencia médica y medicamentos necesarios para tratar la neoplasia endócrina múltiple que padece. La medida, impulsada por el juez Cuauhtémoc Villela Bueno, busca garantizar el derecho humano a la salud de esta persona, quien afirmó haber sido despedida debido a ausencias justificadas por tratamientos médicos y cirugías.
Este caso, identificado como el procedimiento laboral ordinario 86/2024, fue considerado urgente por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y responde a la circular 16/2024, emitida por el secretario ejecutivo del Pleno del CJF, que establece la atención prioritaria de casos relacionados con el derecho a la salud. El trabajador, quien se encontraba en tratamiento para una grave enfermedad y había recibido incapacidades otorgadas por el Seguro Social, asegura que su despido se debió a las faltas derivadas de dichos tratamientos, las cuales incluyen radioterapia y múltiples cirugías.
El juez Villela Bueno concedió una medida cautelar a la persona afectada, instruyendo al IMSS a abstenerse de cancelarle el régimen de seguridad social durante todo el tiempo que dure el proceso judicial, y a continuar brindándole la atención médica, tratamientos y estudios que requiera para controlar su enfermedad. Esta decisión marca un precedente importante en la protección del derecho a la salud, particularmente para quienes enfrentan problemas laborales debido a condiciones médicas graves que requieren ausencias prolongadas.
Además de ordenar al IMSS mantener al trabajador en el sistema de seguridad social, el tribunal instruyó a las empresas en las que la persona laboraba a garantizar su inmediata inscripción en caso de que el seguro social no estuviera vigente. Estas empresas deberán cumplir la orden en un plazo de tres días a partir de la notificación y rendir un informe sobre el cumplimiento de esta disposición.
La resolución destaca el compromiso del Poder Judicial de la Federación con la protección de derechos fundamentales, especialmente en situaciones que involucran la salud y el bienestar de personas que dependen de la seguridad social para acceder a tratamientos médicos esenciales.