SCJN Ordena Despenalización del Aborto en Yucatán: Un Paso Hacia la Justicia Reproductiva
En una decisión histórica, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto en la entidad, una medida que representa un avance significativo en la protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en México. La resolución se tomó tras conceder un amparo a la asociación Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva AC, la cual ha luchado incansablemente por estos derechos y ofrece directamente servicios de interrupción del embarazo.
El fallo, aprobado por cuatro votos a favor y uno en contra, fue presentado en sesión por la ministra Margarita Ríos Farjat, cuyo proyecto se convirtió en el eje central del debate. El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue el único en votar en contra de la medida, reflejando una postura minoritaria en la Corte.
Inicialmente, el proyecto de la ministra Ríos Farjat contemplaba únicamente otorgar el amparo a la organización civil, sin embargo, a último momento, y gracias al consenso de tres ministros, los efectos del fallo fueron ampliados. En lugar de limitarse a proteger a la organización, la SCJN decidió seguir precedentes establecidos en casos como el de Aguascalientes, donde se ordenó directamente la derogación de las leyes que criminalizan el aborto. Esta decisión coloca a Yucatán en un camino similar, exigiendo al Congreso local la reforma de su legislación en materia de derechos reproductivos.
La ministra Ríos Farjat expresó su respaldo al sentido del proyecto, aunque reconoció su desacuerdo con la extensión de los efectos del fallo, señalando que inicialmente se había propuesto un alcance más acotado. “La mayoría determinó que fueran extensos en relación con precedentes… me parece que deben ser acotados”, señaló, reflejando la complejidad y la sensibilidad del tema.
El amparo fue promovido por Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva AC, una organización con más de 24 años de trayectoria en la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. La asociación argumentó que las normas vigentes en Yucatán, que penalizan el aborto y protegen la vida desde la fecundación, vulneran los derechos humanos de las mujeres, imponiendo la maternidad como un destino inevitable y dificultando la labor de la organización.
El juez de primera instancia había desestimado la demanda, argumentando que la asociación no había demostrado que se dedicara a la práctica de interrupciones de embarazo, por lo que consideró que las normas no la afectaban directamente. Sin embargo, el proyecto de la ministra Ríos Farjat revierte esta interpretación, destacando que la organización ha desempeñado durante más de dos décadas actividades fundamentales en la protección de los derechos sexuales y reproductivos, incluyendo la prestación del servicio de interrupción legal del embarazo.
Con este fallo, la SCJN reafirma su compromiso con la justicia y la equidad, obligando al Congreso de Yucatán a revisar y modificar su marco legal en consonancia con los derechos humanos de las mujeres. Esta decisión marca un precedente crucial para la despenalización del aborto en otras entidades del país y representa una victoria significativa para los movimientos que abogan por la autonomía y la libertad reproductiva en México.