La SCJN Rechaza Solicitud de Xóchitl Gálvez por Falta de Atribuciones

En un reciente acontecimiento judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no dar trámite al recurso presentado por la senadora del PAN y excandidata presidencial, Xóchitl Gálvez Ruiz. La solicitud de la senadora pedía al máximo tribunal del país que ordenara al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) nombrar “de manera debida” a dos magistraturas que permanecen vacantes.

En los estrados electrónicos de la SCJN, se hizo público el martes que la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, respondió a Gálvez Ruiz indicando que, conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Corte “carece de atribuciones para atender lo solicitado por la promovente”. En consecuencia, se negó a emitir medidas cautelares que suspendieran cualquier procedimiento indebido para nombrar a los ocupantes de dichas magistraturas.

“No ha lugar a pronunciarse sobre la ‘medida cautelar’ requerida por la promovente”, declaró la ministra presidenta Piña Hernández, subrayando así la imposibilidad de la SCJN para intervenir en el asunto específico planteado por la senadora.

Además de negar la solicitud principal, la SCJN también rechazó notificar su respuesta a Gálvez Ruiz vía correo electrónico, tal como ella había solicitado. La Corte argumentó que el correo electrónico no es un medio de comunicación oficial regulado, por lo que no podía ser utilizado para notificaciones oficiales en este caso.

“No ha lugar a tener por señalado el correo electrónico que indica el promovente para efecto de oír y recibir notificaciones, ya que no constituye un medio de comunicación oficial regulado en el Código Federal de Procedimientos Civiles o en la diversa normativa expedida por el Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para el trámite del presente asunto”, afirmó la SCJN en su comunicado.

El pasado 1 de agosto, Xóchitl Gálvez hizo pública su acción legal mediante su cuenta en la red social X. En su publicación, la senadora explicó los motivos detrás de su recurso ante la SCJN: “Solicité a la @SCJN que ordene al @TEPJF_informa nombre de manera debida a las magistraturas vacantes para calificar la elección presidencial. También, pedí que se suspenda el procedimiento hasta que el órgano se encuentre debidamente integrado con 7 magistrados. Es momento de hacer valer la ley”, escribió Gálvez Ruiz, enfatizando la importancia de contar con un tribunal electoral completo y debidamente constituido para los procesos electorales venideros.

Este rechazo por parte de la SCJN marca un revés significativo para la senadora Gálvez Ruiz, quien buscaba asegurar que las vacantes en el TEPJF fueran llenadas adecuadamente antes de las próximas elecciones presidenciales. La respuesta de la Corte, fundamentada en la falta de atribuciones legales, refleja las limitaciones del máximo tribunal para intervenir en ciertos procedimientos administrativos y nombramientos dentro del Poder Judicial.

En resumen, la SCJN ha dejado claro que no puede intervenir en el nombramiento de magistraturas del TEPJF, reforzando así los límites de su competencia en el marco legal vigente. La senadora Gálvez Ruiz, por su parte, deberá buscar otras vías para abordar su preocupación respecto a la integración completa y adecuada del tribunal electoral.